Ecuador aprueba ley integral contra el cáncer con medidas de protección financiera y acceso a tratamientos
La Asamblea Nacional aprobó el 4 de febrero de 2026 la Ley Orgánica para la Atención Integral del Cáncer, que busca transformar la atención oncológica en el país mediante cinco ejes principales.
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La normativa establece el «derecho al olvido oncológico»: personas que hayan superado la enfermedad sin recaídas por cinco años no podrán ser discriminadas por entidades financieras o aseguradoras. Para menores de 18 años, el plazo se reduce a tres años.
Se extiende la estabilidad laboral reforzada a cuidadores de pacientes oncológicos, garantizando licencias remuneradas y opciones de teletrabajo para acompañamiento a tratamientos.
Para niños y adolescentes, el diagnóstico deberá confirmarse en máximo 15 días hábiles desde la sospecha clínica. Se crearán aulas hospitalarias para garantizar continuidad educativa durante tratamientos.
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La ley crea el Registro Dinámico de Medicamentos Oncológicos (REMO) con actualización semestral, obligando al Estado a financiar y adquirir inmediatamente los fármacos incluidos.
El 50% del impuesto del 0.5% a operaciones de crédito irá directo a SOLCA, prohibiendo al Ministerio de Finanzas desviar estos recursos. El otro 50% corresponde al Ministerio de Salud Pública.
El costo estimado de implementación es de USD 117 millones anuales. El presidente debe emitir el reglamento en 180 días.
En 2024, Ecuador registró 30.888 nuevos casos de cáncer y 16.158 fallecimientos. Las proyecciones indican que para 2035 los casos podrían alcanzar 50.000 anuales.
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Fuente: Diario el Norte
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