Asamblea aprueba reformas a la Ley de Movilidad Humana

Asamblea Nacional aprueba reformas a la Ley de Movilidad Humana que endurecen el control migratorio en Ecuador.
La Asamblea Nacional aprobó el martes 22 de octubre de 2025 las reformas a la Ley Orgánica de Movilidad Humana, que introducen medidas más estrictas para el ingreso, permanencia y deportación de extranjeros en el país. Con 88 votos a favor de las bancadas de Acción Democrática Nacional (ADN), el Partido Social Cristiano (PSC), los exPachakutik y los legisladores independientes, el Pleno dio paso a un texto que incorpora disposiciones sobre antecedentes penales, deportaciones exprés y nuevas condiciones para la naturalización.
Según la presidenta de la Comisión de Relaciones Internacionales, Lucía Jaramillo (ADN), la actual normativa se convirtió “en una herramienta favorable para los delincuentes, más que para el extranjero honesto”. Sostuvo que las reformas no vulneran derechos, sino que fortalecen los controles migratorios. “No se criminaliza la migración, pero sí se refuerzan los mecanismos frente a quienes vienen a delinquir al Ecuador”, afirmó.
La nueva normativa exige a los extranjeros presentar antecedentes penales y boleto de retorno al país de origen para ingresar a Ecuador. Además, se establecen procedimientos de deportación simplificados que deberán realizarse en un plazo máximo de 24 horas en casos de amenaza o riesgo para la seguridad nacional.
Desde el bloque del Partido Social Cristiano, el legislador Alfredo Serrano manifestó su apoyo al proyecto, aunque advirtió que se incluyeron artículos provenientes de leyes previamente declaradas inconstitucionales, como la Ley de Integridad y la Ley de Solidaridad. Una observación similar fue planteada por Ledy Zúñiga, de Revolución Ciudadana, quien aseguró que “la seguridad no se consolida violando derechos, sino haciendo cumplir la ley”.
El texto aprobado consta de 58 artículos y modifica también disposiciones del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Entre los principales cambios constan:
-
Ciudadanía universal: Se mantiene el principio, pero con límites. Ninguna persona podrá invocar la movilidad humana o el refugio para evadir la justicia o permanecer irregularmente en el país.
-
Migrantes retornados: Se reconocerá esta condición a los ecuatorianos que hayan residido en el exterior al menos dos años consecutivos y lo acrediten con certificado migratorio o declaración juramentada.
-
Residencias y naturalización: Los solicitantes deberán presentar certificados de no tener antecedentes penales en su país o en el último de residencia. La carta de naturalización podrá ser negada a quienes hayan cometido cualquier delito.
-
Deportaciones: Se fija una audiencia única en un plazo máximo de 24 horas. Los extranjeros deportados no podrán regresar a Ecuador por 40 años.
-
Expulsiones: En casos de grave conmoción interna, se permitirá la expulsión de personas privadas de libertad sin necesidad de sentencia ejecutoriada.
El Ejecutivo, encabezado por el presidente Daniel Noboa, deberá pronunciarse en los próximos días sobre la aprobación final o posibles observaciones al texto. Las reformas han generado amplio debate, al ser consideradas por sus críticos como un retroceso en materia de derechos humanos, mientras que sus defensores las califican como una respuesta necesaria ante los desafíos actuales de seguridad y control migratorio.
–
Exprésate Morona Santiago
Primer Medio de Comunicación Digital de la Provincia
Macas – Ecuador