Una nueva normativa modificará la información que se mostrará en los reportes crediticios del país. A partir de la Resolución JPRFM-2026-033-F, emitida el 20 de agosto de 2026 por la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria (JPRFM), los reportes solo incluirán operaciones correspondientes a los últimos 24 meses, es decir, obligaciones vigentes, vencidas o canceladas dentro de ese período.
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La medida aplica tanto a los burós privados como al Registro de Datos Crediticios, y no implica condonación de obligaciones pendientes.
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La reforma también permite incorporar al análisis crediticio información de nuevas fuentes, como instituciones financieras, el sector financiero popular y solidario, el mercado de valores, empresas comerciales, aseguradoras, telecomunicaciones y datos sobre pago de servicios básicos y tributos, siempre que estén vinculados al comportamiento de pago o la capacidad de endeudamiento.
En resumen: el cambio no borra deudas ni historiales negativos, sino que ajusta el periodo de información visible en los reportes crediticios.
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Fuente: El Telégrafo
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