septiembre 10, 2025

Ley de Solidaridad: Retorna la Tabla de Consumo de Drogas

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Ley de Solidaridad: Retorna la Tabla de Consumo de Drogas.

La Ley de Solidaridad Nacional establece penas más severas para miembros de organizaciones criminales. Se crea el delito de pertenencia a grupos armados organizados en el contexto del conflicto armado, con sanciones de hasta 26 años de prisión. La tabla de consumo reaparece bajo el nombre de parámetros referenciales.

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Los líderes y financistas de estas estructuras enfrentarán hasta 30 años de prisión, mientras que los colaboradores externos, incluso quienes participen esporádicamente, podrán ser sancionados con penas de hasta 26 años.

Delitos conexos y nuevas figuras penales.

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La normativa amplía el catálogo de delitos conexos, incluyendo:

  • Lavado de activos

  • Tráfico de armas

  • Extorsión

  • Minería ilegal

  • Trata de personas

  • Reclutamiento de menores

En estos casos, se eliminan medidas alternativas a la prisión preventiva, que se vuelve obligatoria. La detención en flagrancia se amplía de 24 a 72 horas para estos delitos.

Especialización de jueces y fiscales.

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Los jueces y fiscales encargados de estos procesos deberán contar con especialización en crimen organizado, corrupción y delitos relacionados con conflictos armados internos.

Combustibles e hidrocarburos.

Se sanciona con hasta 13 años de prisión el almacenamiento, transporte y distribución ilegal de combustibles. Si el delito se comete en zonas fronterizas o marítimas, la pena sube a 16 años.

Los servidores públicos que colaboren en estos actos pueden recibir hasta 13 años de cárcel. También se penaliza la sustracción de hidrocarburos mediante conexiones clandestinas con la misma sanción.

Retorno de la tabla de consumo de drogas.

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La tabla de consumo de drogas reaparece bajo la denominación de parámetros referenciales. Esta herramienta servirá a jueces y fiscales para diferenciar entre consumo personal y microtráfico.

Restricciones para sentenciados por conflicto armado.

Las personas condenadas por delitos relacionados con el conflicto armado no podrán acceder a régimen abierto ni semiabierto, a menos que hayan cumplido con la reparación económica integral a las víctimas.

Disposición de armas incautadas.

Las armas decomisadas a grupos armados serán transferidas al uso de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas, previa autorización judicial. Se establece un procedimiento especial para que estos bienes sean declarados propiedad estatal.

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