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Sercop cobrará derechos de inscripción a proveedores del Estado

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El presidente Daniel Noboa emitió el decreto ejecutivo 461, que reforma el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública en Ecuador.

El decreto crea una contribución especial: en contratos y órdenes de compra con proveedores del Estado iguales o superiores a USD 1 millón, las entidades públicas retendrán el 0,4% del valor neto de cada factura, sin impuestos. Ese porcentaje podrá ajustarse, sin superar el 0,5%, según decida el Directorio del Sercop.

Además, el Sercop establecerá un cobro de inscripción para personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones o consorcios que quieran registrarse en el Registro Único de Proveedores (RUP) y participar en procesos de contratación pública. El monto se definirá con estudios técnicos, con tarifas diferenciadas y exoneraciones según el tamaño y naturaleza del proveedor.

Los recursos recaudados se destinarán al desarrollo y mantenimiento tecnológico de las plataformas del Sercop (nube, blockchain, big data), buscando fortalecer transparencia y seguridad digital. El Sercop podrá ejercer potestad coactiva para el cobro de valores adeudados por estos conceptos.

 

 

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