El presidente Daniel Noboa expidió reformas al Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP), con el objetivo de optimizar los mecanismos de control del Sercop, establecer escalas de sanciones claras y crear un régimen especial para el Banco Central del Ecuador (BCE).
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En cuanto al BCE, se definió un catálogo de materias sensibles —custodia de valores, acuñación de moneda, gestión de reservas y prevención de lavado de activos— bajo este régimen especial. Ciertos procesos podrán declararse reservados y no aparecerán en el Portal de Contratación Pública.
Respecto al Sercop, se eliminaron las cláusulas que le hacían perder competencia por el paso del tiempo. Ahora, los funcionarios que no emitan pronunciamientos a tiempo enfrentarán acciones disciplinarias por negligencia o dolo, sin perjuicio de responsabilidades civiles o penales.
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En cuanto a los proveedores, las suspensiones en el Registro Único de Proveedores (RUP) quedan clasificadas por gravedad: leve (60 días, 181 en reincidencia), grave (120 días, 270 en reincidencia) y muy grave (180 días, 360 en reincidencia).
También se sancionará el mal uso del portal de contratación, desde publicar contenido ajeno hasta manipulación de datos o acceso no autorizado.
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Fuente: Primicias
Exprésate Morona Santiago
Primer Medio de Comunicación Digital de la Provincia
Macas – Ecuador