¿Qué implica para Ecuador ir a una Asamblea Constituyente?

¿Qué implica para Ecuador ir a una Asamblea Constituyente y cuáles son los pasos y plazos para este proceso?
En Ecuador, la Constitución puede modificarse únicamente por tres vías: enmiendas, reformas parciales o Asamblea Constituyente. Cada mecanismo responde a un propósito específico y no pueden utilizarse indistintamente. El presidente Daniel Noboa ha optado por impulsar una Asamblea Constituyente, una propuesta que ya había planteado en su campaña de 2025 como parte de su idea de “refundar” el país.
Una Constituyente es un procedimiento largo, complejo y costoso que, según la Constitución, exige tres procesos de votación: una consulta popular inicial, la elección de asambleístas constituyentes y, finalmente, un referendo para aprobar o rechazar la nueva Constitución.
Primer paso: la Corte Constitucional.
El Presidente debe presentar a la Corte Constitucional una propuesta de convocatoria a la Asamblea, en la que justifique su iniciativa, detalle las modificaciones que busca y plantee un estatuto con las reglas para elegir a los asambleístas constituyentes.
La Corte realizará dos revisiones:
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Viabilidad jurídica: determinar si los cambios que se proponen solo pueden hacerse a través de una Constituyente y no por enmienda o reforma parcial.
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Constitucionalidad de la convocatoria: revisar la pregunta que se formularía en la consulta popular, verificando que no induzca la respuesta y que garantice un proceso democrático.
Este trámite podría extenderse entre uno y dos meses, según precedentes de procesos similares.
Consulta popular.
Con el dictamen favorable de la Corte, el Presidente podrá emitir un decreto ejecutivo para convocar a consulta popular. En este se deberán incluir la forma de elección de los constituyentes y las reglas del proceso electoral.
De acuerdo con el Código de la Democracia:
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El CNE debe convocar a la consulta dentro de los 15 días siguientes a la emisión del decreto.
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La consulta debe realizarse en un plazo máximo de 60 días posteriores a la convocatoria.
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El escrutinio y proclamación de resultados puede tardar hasta un mes, o más si existen impugnaciones o procesos ante el Tribunal Contencioso Electoral.
Elección de asambleístas constituyentes.
Si en la consulta gana el “Sí”, el CNE debe organizar elecciones para elegir a los integrantes de la Asamblea Constituyente. El estatuto aprobado por la Corte establecerá cómo se eligen, su número y el tiempo de funcionamiento de la Asamblea.
En 2007, con la convocatoria del expresidente Rafael Correa, el decreto que dio paso a la Constituyente de Montecristi estableció un plazo de 180 días, aunque finalmente se extendió a casi ocho meses.
Redacción de la nueva Constitución y referendo.
La Asamblea Constituyente elaborará un nuevo texto constitucional dentro del tiempo definido en el estatuto. Una vez aprobado por los constituyentes, el CNE deberá convocar a un referendo para que la ciudadanía decida si la nueva Constitución entra en vigencia.
Aunque los plazos exactos dependen del estatuto, el proceso completo difícilmente durará menos de ocho meses, ya que implica dos elecciones nacionales y sus campañas correspondientes. En total, podría extenderse más de un año.
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