febrero 6, 2025

Daniel Noboa aumenta penas y reduce plazos en sus reformas nacidas de la consulta popular

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Las reformas legales establecidas en las preguntas 2, 3, 4, 5 y 6 de la consulta popular deben ser tramitadas por la Asamblea Nacional en un plazo de 60 días.

A los tres meses de presentar la consulta popular, finalmente el presidente Daniel Noboa dio a conocer el detalle de cinco de las seis preguntas que sometió a votación. Se trata de cuatro reformas al Código Integral Penal y una a la Ley de Extinción de Dominio. El Presidente podía haber enviado estas propuestas directamente a la Asamblea Nacional.

 

Sin embargo, prefirió que reciban primero un espaldarazo en las urnas, para que los legisladores se vean obligados a tramitar los proyectos según la decisión popular. Incluso, Noboa prefirió dejar por fuera de los anexos los detalles específicos de las reformas y darlos a conocer cinco días después de la proclamación de los resultados de la votación. Pese a que decía tener listos los proyectos desde mucho antes del plebiscito.

Ahora, los cinco proyectos están en manos de la Asamblea, que tiene un plazo de 60 días para aprobarlos, según lo establecido en las elecciones del 21 de abril de 2024.

Pregunta G: incremento de penas

El texto que fue sometido a votación sobre el incremento de penas, para delitos relacionados con la corrupción y el crimen organizado, fue aprobado con el 67,34% de aprobación.

 

Los cambios planteados por el presidente Noboa incrementan las penas hasta en el triple de su extensión vigente. Las más radicales son las penas máximas para el financiamiento del terrorismo y la delincuencia organizada, con 16 y 17 años de incremento, respectivamente.

Sobre las sentencias completas, se modifica la normativa para impedir que ciertos delincuentes accedan a regímenes semiabiertos o abiertos, obligándolos a cumplir toda su condena en la cárcel. Esto aplicaría a delitos como financiación del terrorismo, secuestro extorsivo, tráfico de drogas, entre otros.

 

Respecto a las armas de uso militar y policial, se tipifica como delito la tenencia o porte de estas armas por parte de civiles, con penas de hasta 22 años de cárcel.

 

En cuanto al uso estatal de armas incautadas, se establece un proceso para que las fuerzas del orden puedan utilizar las armas confiscadas a los delincuentes, previo cumplimiento de pericias y autorización judicial.

 

Finalmente, sobre la extinción de dominio, se simplifica el procedimiento para que el Estado pueda hacerse titular de bienes de origen ilícito, sin necesidad de sentencia penal condenatoria previa. Esto aplicaría para delitos como lavado de activos, narcotráfico, trata de personas, entre otros.

 

Terrorismo:

  • General: 13 a 16 años
  • Si provocan muerte: 22 a 26 años
  • Si cumplen 9 causales agravantes: 22 a 26 años
  • Si provocan la muerte de personas: 26 a 30 años

Financiación del terrorismo: 22 a 26 años

Producción de drogas:

  • Estupefacientes, psicotrópicas o preparados: 13 a 16 años
  • Precursores y químicos: 7 a 10 años

Tráfico de drogas:

  • Mínima escala: 3 a 5 años
  • Mediana escala: 5 a 7 años
  • Alta escala: 19 a 22 años
  • Gran escala: 22 a 26 años
  • Precursores y químicos: 7 a 10 años

Delincuencia organizada:

  • Para delitos +5 años: 22 a 26 años
  • Colaboradores: 10 a 13 años
  • Delitos mayores: 26 a 30 años
  • Colaboradores delitos mayores: 19 a 22 años

Asesinato: 26 a 30 años en 10 causales agravantes

Sicariato:

  • Quien ejecuta o da la orden: 26 a 30 años
  • Publicidad u oferta: 7 a 10 años

Trata de personas:

  • General: 16 a 19 años
  • Si víctima sufre daños graves: 19 a 22 años
  • Si hay muerte de víctima: 22 a 26 años
  • Pena máxima en 10 causales: 26 a 30 años

Secuestro extorsivo:

  • General: 13 a 16 años
  • Pena máxima aumentada 1/3 en 10 causales
  • Si hay muerte de víctima: 26 a 30 años

Tráfico de armas:

  • General: 16 a 19 años
  • Patrocinio, financiamiento u organización: 19 a 22 años
  • Armas químicas, biológicas, nucleares: 22 a 26 años
  • Si el destino es un conflicto bélico: 22 a 26 años

Lavado de activos:

  • Menor a $46.000: 5 a 7 años
  • Mayor o igual a $46.000: 7 a 10 años
  • Mayor a $92.000: 19 a 22 años + multa del 5x el monto

Minería ilegal:

  • General: 16 a 20 años
  • Artesanal: 13 a 16 años
  • Si daña el ambiente: 22 a 26 años
  • Delincuencia organizada/grupos armados: 26 a 30 años + multa

 

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