Sentenciadas por el delito de estafa bajo la modalidad del “loteriazo”

La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Morona Santiago aceptó el recurso de apelación interpuesto por Fiscalía y sentenció a Alicia del Rocío C. y Nancy Magdalena S. a tres años y cuatro meses de privación de libertad, por el delito de estafa, bajo la modalidad del “loteriazo”.

En el fallo, emitido por escrito, se indica que no se dispone reparación integral a la víctima, debido a que las sentenciadas le cancelaron por todos los daños causados.

Alicia del Rocío C. y Nancy Magdalena S. fueron absueltas –en primera instancia– por el Tribunal Penal de esta provincia, en agosto de 2020, a pesar de que Fiscalía presentó suficientes elementos probatorios que demostraron el cometimiento del delito y la responsabilidad de las sentenciadas.

Según el fiscal del caso, Marco Velecela, el 14 de agosto de 2019, en las calles Soasti y Sucre del cantón Morona, las dos mujeres se le acercaron a la víctima. Una de ellas le dijo que no sabe leer y le mostró un papel en el que supuestamente constaba que era la ganadora de la lotería.

Para convencer a la víctima, le pidieron que las acompañara a un “cyber” para que imprima un papel, en el que efectivamente se observaba que el boleto de lotería que tenía una de las sentenciadas era el ganador del premio mayor.

Las mujeres le dijeron a la víctima que no confiaban la una en la otra, por esta razón le pedían a ella que les ayude con el trámite para cobrar el boleto, pero, como condición, para entregarle el mismo y compartir el premio, la afectada debía retirar dinero y dejarles 600 dólares como garantía. La víctima accedió y les entregó esa cantidad.

Un agente de Policía que transitaba en el sector, observó que las sentenciadas –quienes aún se encontraban junto a la víctima– se pusieron nerviosas y lanzaron papeles a un jardín de un local comercial. Solicitó refuerzos y luego de que la víctima contó lo sucedido, las mujeres fueron detenidas.

Durante la investigación, Fiscalía recopiló entre las pruebas: el parte policial del hecho delictivo y de la detención, un informe investigativo de la Policía, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de evidencias, y denuncias de otras supuestas víctimas de estafa.

DATO JURÍDICO

El delito de estafa es sancionado en el artículo 186 del Código Orgánico Integral (COIP), con privación de libertad de cinco a siete años. En este caso, los jueces aplicaron atenuantes, por lo que la pena se redujo.