COE cantonal de Morona aprueba desarrollo de eventos públicos masivos en carnaval

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Este martes 08 de febrero del 2022, el Comité de Operaciones de Emergencias del cantón Morona emitió nuevas resoluciones, las cuales tendrán vigencia hasta las 23H59 del 04 de marzo de 2022.

 

En el documento se menciona que en base a la “Semaforización Amarilla” en que se encuentra el cantón Morona, se emiten las siguientes resoluciones:

 

  1. Permitir el funcionamiento de establecimientos de diversión nocturna.

Categoría 1:

  • Centros de tolerancia: de lunes a jueves, de 16H00 0 24H00; viernes y sábado de 16H00 a 02H00. Aforo del 75%.

Categoría 2:

  • Establecimientos no turísticos: bares, discotecas, cantinas, galleras, karaokes, salas de recepción, billares: de lunes a jueves de 14H00 a 24H00; viernes y sábado de 14H00 a 02H00. Aforo del 75%.
  • Establecimientos turísticos: bares y discotecas: de lunes a sábado, de a 15H00 a 03H00. Aforo del 75%.

Se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas los domingos.

 

  1. Locales de categoría 3: licorerías, depósitos de bebidas alcohólicas y delivery: de lunes a miércoles, de 14H00 a 22H00; jueves a sábado, de 14H00 a 01H00. Aforo del 75%.

 

  1. Locales de categoría 4: locales de consumo de alimentos preparados, picanterías, comedores, fondas, cafeterías, fruterías, juguerías, heladerías, panaderías, café-net, confiterías, en establecimientos de comida rápida, servicios de catering u otros de naturaleza similar: de lunes a domingo, de 06H00 a 01H00. Aforo del 75% en espacios interiores y exteriores.

Se permite la venta de  bebidas alcohólicas solo de acompañamiento.

 

  1. Locales de categoría 5: supermercados, mercados, centros comerciales: de lunes a domingo, de 06H00 a 22H00. Aforo del 75%.

  1. Locales en categoría 6: tiendas y abacerías: de lunes a domingo, de 06H00 a 23H00. Aforo del 75%.

Los establecimientos ubicados en gasolineras y dentro del terminal terrestre pueden funcionar hasta la 01H00.

 

  1. Categoría 7:
  • Salas de juegos electromecánicos, salas de videojuegos: de lunes a domingo, de 10H00 a 22H00; salas de videos juegos: de lunes a domingo, de 10H00 a 22H00. Aforo del 75%.
  • Canchas deportivas y otros similares: de lunes a domingo, de 06H00 a 01H00. Aforo del 75%.
  • Los establecimientos: gimnasios, crossfit, bailo-terapias y escuelas deportivas: de lunes a domingo, de 05H00 a 22H00. Aforo del 75%.
  • Las canchas sintéticas y vóley: de lunes a domingo, de 10H00 a 23H00. Aforo del 75%.

Se prohíbe la venta o consumo de bebidas alcohólicas.

 

  1. Categoría 8:
  • Hospedaje: de lunes a domingo las 24H00 al día. Aforo del 75%.

 

 

  1. Las iglesias podrán abrir sus instalaciones con el 75% de aforo, cumpliendo el distanciamiento social y medidas sanitarias.

 

  1. Se aprueban realizar eventos públicos masivos, cumpliendo con el protocolo para espectáculos públicos presentados por el Ministerio de Cultura y aprobado por el COE Nacional, en resolución del 17 de octubre de 2022. El Ministerio de Gobierno emitirá la normativa correspondiente y cumpliendo los siguientes lineamientos:

Se acatará los lineamientos del Art. 7 de la Resolución del COE Nacional del 02 de febrero de 2022, con el aforo del 75% y hasta la 01H00.

 

  1. Los balnearios naturales y diques (Padre Carolo, Jimbitono, Wapula, Ambusha y San Isidro y demás) operarán con el 75%, de 06H00 a 18H00.

 

  1. Exhortar a las empresas privadas y locales particulares solicitar a empleados y usuarios el carné de vacunación para trabajar e ingresar a sus instalaciones.

 

  1. Mantener el teletrabajo en instituciones públicas, con el 75% de aforo, de acuerdo al Art. 5 de la Resolución del COE Nacional del 02 de febrero de 2022.

 

  1. Exigir para el ingreso al terminal terrestre, la primera dosis de vacunación, mediante certificado o carnet, además se implementará un punto de vacunación en el lugar. El esquema completo se exigirá de manera progresiva, según el tiempo de espera requerido para la inoculación de la siguiente dosis.

 

  1. Exigir la primera dosis de vacunación, a los usuarios del transporte de bus urbano mediante certificado o carnet, que solicitará cada conductor al ingreso de la unidad. El esquema completo se exigirá de manera progresiva, según el tiempo de espera requerido para la inoculación de la siguiente dosis.

 

  1. Exhortar a la ciudadanía en general completar la vacunación y cumplir todas las medidas de salud en sus actividades.

 

  1. Vigilar el estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, uso permanente de mascarilla, higiene de manos, ventilación adecuada y distanciamiento social.

 

  1. Exhortar el estricto cumplimiento de estas resoluciones a la Intendencia General de Policía, en coordinación con Comisaría Nacional, Comisaría Municipal, Fuerzas Armadas, Cuerpo de Bomberos y Policía Nacional.

 

  1. Se permite realizar eventos (como pregón y peregrinación) por las Fiesta Jurada de la Virgen Purísima de Macas, de acuerdo y cumpliendo con las resoluciones del COE Cantonal.

 

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