septiembre 10, 2024
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El presidente Daniel Noboa ya envió al Registro Oficial la Ley que dispone el alza del IVA. Estas son las fechas en las que entrará en vigencia el incremento.

 

Los ecuatorianos están a la expectativa del aumento del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Eso tras la aprobación de la Ley para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica, la cual fue promulgada por el presidente Daniel Noboa y enviada al Registro Oficial el martes 12 de marzo de 2024.

La normativa, presentada para reducir el déficit del Estado, establece el incremento del IVA, que hará que los consumidores gasten más cuando compren carros, ropa y almuerzo. También entradas al cine o contraten servicios de streaming, como Netflix.

Algunos bienes y servicios que subirán por el IVA

Valores en USD

Tabla con 4 columnas y 6 filas.
*Galón de gasolina Extra/Ecopaís 1,98 2,40 2,46
*Galón de gasolina Súper 2,91 3,89 3,98
*Galón de Diésel 1,60 1,75 1,80
Almuerzo 4,25 4,76 4,89
Netflix 10,99 12,31 12,64
Reposición de tarjeta de débito 4,37 4,89 5,03

 

¿Desde cuándo aplica el alza del IVA? La nueva ley entrará en vigencia una vez que sea publicada en el Registro Oficial. Está previsto que eso ocurra al medio día de este 12 de marzo.

No obstante, debido a que el IVA es un impuesto que se declara de manera mensual, el cobro de la nueva tarifa se deberá realizar desde el mes siguiente de la publicación de la ley, esto es, desde el 1 de abril de 2024.

 

Con la Ley, el IVA subirá al 13% de forma permanente, pero el presidente Daniel Noboa decretará un incremento temporal al 15%. Para ello, debe firmar un decreto ejecutivo, tras recibir el informe del Ministerio de Economía y Finanzas.

El veto presidencial

Después de que la Asamblea Nacional no dio paso al alza del IVA, el 6 de febrero, Noboa presentó un veto parcial al proyecto de ley que fue aprobado en el Legislativo ese mismo día.

 

Frente al veto presidencial, el Legislativo tenía tres escenarios: allanarse a las observaciones de Noboa, ratificar lo decidido el 6 de febrero o no conseguir los votos para los casos anteriores en el plazo establecido y que el veto entre en vigencia por «allanamiento tácito».

Ocurrió lo último. Tres días después, el 9 de febrero, la Asamblea sesionó y no alcanzó los votos para allanarse al veto del presidente, pero tampoco para ratificarse en el texto con el que se negó el aumento del impuesto.

 

El Gobierno esperó que se cumplan los 30 días de plazo que tenía la Asamblea, según la Ley Orgánica de la Función Legislativa, para enviar la Ley al Registro Oficial. *Esta nota fue publicada el 4 de marzo de 2024 y actualizada el 12 de marzo con el envío de la Ley al Registro Oficial.

 

 

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