diciembre 2, 2024

Autorización de aprovechamiento de aguas del Río Amarillo para fines hidroeléctricos

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DIRECCIÓN ZONAL 10, NOTIFIQUESE A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS DE LA FUENTE: RIO AMARILLO; UBICADA EN LA PARROQUIA AMAZONAS, CANTÓN GUALAQUIZA, PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO.

 

PROCESO Nro. 1502-AP-2024-DZ10-ZCH PETICIONARIO: Pedro Iván Córdova Talbot, Gerente General Hidro Omega S.A.

OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de aprovechamiento de las aguas de la fuente: Rio Amarillo; ubicada en la parroquia Amazonas, cantón Gualaquiza, provincia de Morona Santiago, para destinarlas exclusivamente para actividades de aprovechamiento del agua para fines hidroeléctricos.

Trámite Administrativo Nro. 1502-AP-2024-DZ10-ZCH

 

DIRECCIÓN ZONAL 10 ZAMORA CHINCHIPE DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA. – Zamora, 10 de enero de 2024, a las 08h00.

 

Avoco conocimiento de la presente petición, continuando con el presente tramite, en mi calidad de Director Zonal 10, de conformidad con la acción de personal Nro. 100-MAATE-2023, del 26 de diciembre de 2023. Y en base al Decreto Ejecutivo Nro. 1007 y 1028, mediante el cual se fusiona el MAE y SENAGUA, en relación con el Acuerdo Ministerial Nro. MAATE-2023-080, de fecha 20 de agosto de 2023, y a las delegaciones conferidas mediante Acuerdo Ministerial Nro. MAAE-2020-024, de fecha 31 de agosto de 2020; se procede a dar continuidad de los tramites en base a la delegación sustentada previamente, por lo tanto, continuando con la tramitación, se dispone:

 

  • Tómese en cuenta al expediente el memorando Nro. MAATE-OTZA-DZ10-2023-0026-M, de fecha 10 de enero de 2024, suscrito por el Ing. Jannie Roy Armijos Arias, Responsable de la OTZ, mediante el cual remite el informe técnico de revisión del estudio técnico constante dentro del presente expediente;

 

  • Continúese con el número de expediente Nro. 1502-AP-2024-DZ10-ZCH, y, tómese en cuenta la petición presentada por PEDRO IVÁN CÓRDOVA TALBOT, en su calidad de representante legal de la compañía HIDRO OMEGA S.A., con RUC Nro. 0195131872001, compañía titular del PROYECTO HIDROELÉCTRICO OMEGA 12, mismo que solicita la autorización de aprovechamiento productivo de las aguas para fines hidroeléctricos, cuyos documentos justificativos constan dentro del expediente;

 

  • El marco jurídico en el que debe subsumirse el procedimiento se encuentra regulado en la Constitución de la Republica de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamientos del Agua, y su Reglamento de Aplicación, y en todo lo que se encuentra expresamente regulado en estos cuerpos legales, de conformidad con lo dispuesto en el art. 124 de la ley de la materia; y a las normas establecidas en el Código Orgánico Administrativo como norma supletoria;

 

  • Con la finalidad de determinar los elementos que motivan la petición se ha remitido al Ing. Jannie Roy Armijos Arias, Responsable de la OTZ, para que proceda a la revisión y análisis del estudio presentado;

 

 

 

 

 

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